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Judicatura destituye a jueces que revocaron la prisión preventiva en el caso Goleada

El Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) resolvió destituir a los jueces Silvana Lorena Velasco Velasco, Byron Leonardo Uzcátegui Arregui y Wiler Fabricio Chóez Avilés, tras acoger los informes de la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica y de la Subdirección Nacional de Control Disciplinario. Los tres magistrados permanecían suspendidos desde el 27 de julio de 2026, mientras se tramitaba un procedimiento disciplinario por un presunto error inexcusable.

El proceso se originó por la decisión del 2 de abril de 2026, cuando los tres jueces integraron el tribunal que revocó la prisión preventiva de Aquiles Álvarez, alcalde de Guayaquil, y de otros procesados en el caso Goleada, investigado por presunto lavado de activos y delincuencia organizada. La resolución permitió sustituir la prisión preventiva por otras medidas cautelares. Los magistrados sostuvieron que no existían elementos de convicción suficientes respecto del delito de delincuencia organizada.

El 11 de septiembre se conoció que la Dirección de Control Disciplinario recomendó la destitución de los tres jueces. La decisión definitiva quedó en manos del Pleno de la Judicatura, que aprobó la medida con cinco votos a favor. Antes de la votación, el vocal Damián Larco señaló que el organismo no puede analizar el contenido de las sentencias, pero sí tramitar procedimientos administrativos para determinar posibles responsabilidades disciplinarias.

La destitución se suma a otros cuestionamientos sobre las actuaciones del Consejo de la Judicatura en torno al caso Goleada. Entre ellos figura la salida del juez Javier de la Cadena de la Corte Nacional de Justicia y su traslado a la Corte de Imbabura, después de que no calificara como error inexcusable el fallo del tribunal que revocó la prisión preventiva de Álvarez. También se ha cuestionado el viaje a Panamá de los jueces Byron Uzcátegui y Silvana Velasco, que coincidió con el día de la audiencia de apelación a la prisión preventiva del alcalde. Estos antecedentes ponen nuevamente bajo escrutinio las decisiones administrativas del organismo y su relación con las actuaciones judiciales en un caso de alto impacto político y judicial.


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