El Gobierno de Colombia definió el listado de productos ecuatorianos que estarán cobijados por las medidas arancelarias transitorias anunciadas recientemente, como respuesta a la decisión unilateral de Ecuador de imponer un arancel del 30 % a las importaciones colombianas a partir del 1 de febrero de 2026.
A través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ejecutivo informó que el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior (Triple A) aprobó la aplicación de un arancel ad valorem del 30 % a 23 partidas arancelarias, desagregadas en 73 subpartidas, correspondientes a productos originarios de Ecuador.
La ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales Rojas, explicó que la medida se adopta como un instrumento de defensa de la seguridad nacional, en el marco del comercio internacional. Según señaló, el arancel impuesto por Ecuador desconoce los compromisos adquiridos en la Comunidad Andina, genera tensiones bilaterales y afecta el sistema económico colombiano.
Estas acciones hacen parte de la respuesta institucional del Estado colombiano frente al anuncio del Gobierno ecuatoriano, que justificó su decisión en una supuesta falta de reciprocidad de Colombia en la lucha contra el crimen organizado.
Productos afectados y volumen de importaciones
Las importaciones provenientes de Ecuador incluidas en la medida se concentran principalmente en productos pesqueros y agrícolas, como preparaciones de pescado, aceite de palma y arroz. También se incluyen productos de los sectores químico, plástico y manufacturas de metal.
Entre enero de 2023 y octubre de 2025, el volumen importado de estos bienes alcanzó 683.825,8 toneladas, lo que evidencia su peso en el intercambio comercial bilateral.
Posibles medidas adicionales
En el proyecto de decreto sobre las medidas arancelarias, el Gobierno Nacional evalúa la inclusión de disposiciones adicionales, entre ellas:
La restricción al ingreso terrestre de productos agropecuarios frescos, en especial arroz.
La restricción a la importación de insumos o materiales que puedan ser utilizados para la fabricación de fentanilo.
Estas medidas estarán sujetas a la definición de los textos normativos y a su sustento técnico y legal por parte de la DIAN, el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Agricultura, en coherencia con la normativa vigente y los compromisos internacionales del país.
Apertura al diálogo
El Gobierno de Colombia reiteró que estas decisiones no buscan escalar las tensiones ni afectar de manera permanente la relación comercial con Ecuador. Por el contrario, aseguró que se mantendrán abiertos los canales diplomáticos e institucionales, con el objetivo de restablecer reglas compartidas y condiciones justas, previsibles y equilibradas de intercambio




