Home > Ecuador > Gobierno reforma régimen de contratación pública para la Casa Militar

Gobierno reforma régimen de contratación pública para la Casa Militar

El presidente de la República, Daniel Noboa, suscribió este 29 de enero de 2026 el Decreto Ejecutivo No. 295, mediante el cual se oficializa una reforma técnica al Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. La medida se adopta en ejercicio de las atribuciones constitucionales del mandatario como jefe de Estado y responsable de la administración pública.

El decreto tiene como objetivo fortalecer la eficiencia y transparencia de los procesos estatales, priorizando la calidad y responsabilidad en la adquisición de bienes y servicios. La reforma responde a la necesidad de contar con mecanismos ágiles que permitan atender de manera oportuna los desafíos relacionados con la seguridad interna y el orden público en todo el territorio nacional.

Entre los cambios más relevantes se encuentra la incorporación de nuevos literales al artículo 129 del reglamento, que permiten la contratación de servicios bajo un régimen especial de selectividad. El literal d) autoriza la compra de pasajes en cualquier medio de transporte para los agentes encargados de la protección de altas autoridades, con el fin de garantizar su movilidad sin demoras administrativas.

Asimismo, el literal e) regula la contratación de servicios de transporte terrestre, aéreo, marítimo o fluvial destinados exclusivamente a operaciones de inteligencia, vigilancia y respuesta estratégica. Esta disposición adapta el marco legal a las condiciones técnicas y geográficas en las que operan las unidades de seguridad del Estado.

La reforma también incorpora el literal f), que habilita la compra directa de combustibles, lubricantes y derivados necesarios para el funcionamiento continuo de vehículos, aeronaves y embarcaciones oficiales. Estas disposiciones benefician directamente a instituciones como las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y el SNAI, garantizando su capacidad operativa permanente.

Finalmente, el decreto establece que los procesos realizados bajo este régimen mantendrán carácter confidencial y no serán publicados en el Portal de Contratación Pública, a fin de proteger información sensible del Estado. Además, se ordena la implementación de mecanismos internos de control y archivos reservados, en equilibrio con la rendición de cuentas, y se confirma que la normativa entra en vigencia inmediata tras su publicación en el Registro Oficial.

Leave a Reply