El presidente Daniel Noboa oficializó este 15 de septiembre de 2026 el Decreto Ejecutivo 498, que establece por 60 días el estado de excepción por grave conmoción interna en El Oro, Esmeraldas, Guayas, Los Ríos, Manabí, Pichincha, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas. La medida también rige en los cantones Camilo Ponce Enríquez (Azuay), Las Naves (Bolívar) y La Maná (Cotopaxi). El decreto contempla un refuerzo de las operaciones de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.
Una de las principales medidas comenzará a regir desde el 17 de septiembre: el toque de queda estará vigente hasta el 30 de septiembre, entre las 00:00 y las 05:00, en El Oro, Guayas, Los Ríos y Manabí. La restricción de movilidad no se aplicará en Pichincha, Esmeraldas, Santa Elena ni Santo Domingo de los Tsáchilas. Durante esas horas podrán movilizarse, entre otros, trabajadores de salud, personal de seguridad y equipos de emergencia y gestión de riesgos.
El estado de excepción también suspende la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia en las zonas incluidas, lo que permitirá realizar allanamientos y acceder excepcionalmente a información de correspondencia bajo las condiciones establecidas en el decreto. Las Fuerzas Armadas y la Policía ejecutarán operativos para enfrentar actividades criminales y violentas. Además, el Gobierno podrá disponer la requisición temporal de bienes y servicios de origen lícito cuando sean estrictamente necesarios para las operaciones y como último recurso.








