El proceso que originalmente se conoció como INA Papers y que posteriormente adoptó el nombre de caso Sinohydro, se ha convertido en un ejemplo paradigmático de cómo un expediente judicial puede ser distorsionado por intereses políticos y mediáticos hasta perder su sentido jurídico original. Lo que inició como una indagación patrimonial derivó en una acusación por presunto cohecho, figura que —a la luz de los hechos y del marco legal ecuatoriano— resulta conceptualmente inadecuada.
El punto de partida del caso se sitúa en la revelación de la existencia de una empresa offshore vinculada familiarmente con el expresidente Lenín Moreno, presuntamente utilizada para la adquisición de bienes en el exterior. Sin embargo, con el paso de los meses la narrativa fue transformándose: lo que en un inicio debió ser materia de un análisis administrativo y de control patrimonial, mutó en un expediente penal orientado hacia el delito de cohecho, sin que existan los elementos típicos y objetivos que configuran dicha infracción.
El cohecho, conforme al artículo 280 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), requiere la existencia de un servidor público que reciba, acepte o solicite un beneficio indebido a cambio de realizar, omitir o condicionar un acto propio de su cargo. En el caso Sinohydro, las pruebas y actuaciones procesales no demuestran la existencia de una contraprestación directa.
La empresa Sinohydro, contratista principal del proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair, mantuvo relaciones contractuales con el Estado ecuatoriano dentro del marco de un contrato público supervisado por múltiples instancias. No existe evidencia de que algún funcionario público haya modificado su conducta administrativa en beneficio de la empresa a cambio de un soborno comprobado.
Por tanto, carece de sustento jurídico sostener la acusación bajo la figura de cohecho, pues ni el tipo penal ni la relación funcional se configuran en los hechos investigados. El cohecho —por definición— requiere una relación bilateral corrupta entre quien entrega y quien recibe dinero público.
Desde su origen, el caso INA Papers/Sinohydro ha sido manipulado políticamente por distintos gobiernos y actores partidistas. Durante el mandato de Lenín Moreno, fue utilizado para debilitar a sus opositores internos y externos; en los años posteriores, ha servido como recurso de distracción mediática ante crisis energéticas, judiciales o de seguridad.
La mediatización del expediente ha sido tal que, en más de una ocasión, se ha adelantado un juicio político y moral en la opinión pública antes de que existan decisiones judiciales firmes. Este fenómeno —recurrente en la política ecuatoriana— erosiona la credibilidad del sistema de justicia, pues convierte los procesos penales en instrumentos de combate discursivo y no en mecanismos de búsqueda de verdad.
La Procuraduría General del Estado, que en otros casos actúa como acusadora particular en defensa del interés público, decidió no presentar acusación dentro del proceso al considerar que no existían los elementos constitutivos del tipo penal imputado. Esa omisión institucional, lejos de ser un detalle menor, confirma la debilidad jurídica del caso.
A ello se suman filtraciones selectivas, cambios en la calificación del delito y omisiones procesales que minan la coherencia del expediente. Todo ello configura un escenario más político que jurídico, donde las etapas procesales parecen responder a calendarios electorales o coyunturas gubernamentales más que a la lógica del debido proceso.
El caso Sinohydro es, en esencia, un proceso judicial desbordado por la política. La utilización del tipo penal de cohecho, sin la concurrencia de sus elementos esenciales, convierte el expediente en un precedente riesgoso para la institucionalidad del país.
El derecho penal no puede ni debe ser un instrumento de disputa política, ni un espectáculo mediático para legitimar narrativas coyunturales.
Mientras no se depuren las motivaciones políticas de los procesos judiciales, la frontera entre justicia y propaganda seguirá difuminándose, afectando no solo la legitimidad de las instituciones, sino también la confianza ciudadana en el Estado de derecho. Fin








