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Juristas rechazan críticas de Enrique Herrería a la sentencia de la Corte Constitucional por el caso Malvinas

Una serie de reacciones se generaron tras las declaraciones del secretario jurídico de la Presidencia y exjuez constitucional, Enrique Herrería, quien afirmó que la Corte Constitucional habría actuado fuera de sus competencias al emitir la sentencia que reconoce la responsabilidad del Estado en la desaparición forzada y muerte de cuatro menores en el sector Las Malvinas.

“No ha leído la sentencia”, dice abogado

El abogado del Comité de Derechos Humanos de Guayaquil, Fernando Bastías, cuestionó las afirmaciones de Herrería y sostuvo que sus declaraciones evidencian un desconocimiento del fallo.

“Ojalá Herrería no sea el abogado que termine defendiendo a Noboa cuando deba responder por crímenes de lesa humanidad. Porque, a juzgar por sus declaraciones, no ha leído en absoluto la sentencia del caso Malvinas de la Corte Constitucional”, señaló.

Bastías explicó que la decisión del alto tribunal no juzgó un delito, sino que evaluó la responsabilidad del Estado por una grave violación de derechos humanos.

“Lo que se dejó sin efecto fue la sentencia de apelación del hábeas corpus, a pedido de Mónica Palencia y Gian Carlo Loffredo. Eso no tiene nada que ver con la sentencia del tribunal penal que juzgó un delito. La Corte Constitucional no juzgó un delito; juzgó al Estado por una grave violación de derechos humanos. Son planos jurídicos completamente distintos”, afirmó.

Análisis de mérito en acción extraordinaria

El jurista también señaló que no existe ninguna prohibición para que la Corte Constitucional realice un análisis de mérito en una acción jurisdiccional que llega mediante Acción Extraordinaria de Protección.

Según explicó, lo que sí existen son requisitos excepcionales, que —a su criterio— el caso Malvinas cumplía plenamente.

“Hay abogados del Estado que confunden defender los intereses institucionales con defender crímenes cometidos por el propio Estado”, añadió Bastías.

Juristas defienden el alcance de la sentencia

La abogada María Dolores Miño también defendió el fallo y señaló que la sentencia representa un aporte importante para las obligaciones del Estado ecuatoriano en contextos de combate a la delincuencia organizada y de estados de excepción.

“Qué cosa tan grave y malintencionada es decir que resolver un caso de evidente desaparición forzada es tener sesgo ideológico. Sesgo ideológico —hacia el mal— es creer que la Corte debía fallar en otro sentido para protegerlos a ellos”, manifestó.

Precedente sobre el uso del hábeas corpus

Por su parte, la constitucionalista Ximena Ron destacó que la sentencia es relevante porque aclara el alcance del hábeas corpus en casos de desaparición forzada.

Según explicó, el fallo establece que el hábeas corpus instructivo procede incluso cuando existe un proceso penal paralelo por el delito de desaparición forzada.

“La sentencia de la Corte Constitucional en el caso de los cuatro niños de Las Malvinas resulta particularmente destacable. No solo era necesaria frente a la estigmatización que se generó contra los menores, sino que también aclara que el hábeas corpus instructivo procede frente a desapariciones forzadas”, señaló.

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