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Controversias por respuesta de Noboa enviada a la Corte Constitucional

El 7 de enero de 2025, la Corte Constitucional admitió parcialmente a trámite la medida cautelar solicitada para suspender el Decreto 500. y estableció un plazo de tres días al candidato presidencial para que justifique su emisión.

Noboa cumplió con el plazo el 14 de enero, enviando una respuesta en la que argumentó que su ausencia temporal debía considerarse como un acto de «fuerza mayor».

En su justificación, Noboa aseguró que la campaña electoral representaba una «fuerza mayor» y que su acto de iniciar la campaña sin licencia se debe a la existencia de una «ambigüedad» en la Ley.

Sin embargo, emitió el Decreto 500 para separar la campaña de sus actos como presidente, con el fin de proteger los recursos públicos y evitar infracciones electorales.

Respuesta de Noboa a la Corte Constitucional genera controversia

Expertos constitucionalistas, como Mauricio Alarcón, consideran que una campaña electoral no puede considerarse un acto de «fuerza mayor», dado que es un evento planificado.

Alarcón destacó que el artículo 93 del Código de la Democracia es claro en cuanto a la obligatoriedad de solicitar licencia para los funcionarios públicos que quieran optar por una reelección al cargo que ocupan

El encargo de la Presidencia a Cynthia Gellibert también fue cuestionado.

Alarcón aseguró que no existe justificación para nombrar a una vicepresidenta por decreto, dado que Verónica Abad, elegida constitucionalmente, debía asumir la presidencia en reemplazo de Noboa cuando este se ausentó del cargo.

Existe ya una clara violación a la Constitución, manifiesta, desde el momento que se designó a una Vicepresidenta por decreto y mucho más al encargarle la Presidencia y a pesar que el Decreto 500 haya sido derogado, la Corte Constitucional se debe pronunciar y resolverlo, porque esta derogatoria también es «un fraude a la Constitución».

La presidenta encargada del Legislativo, Esther Cuesta, respaldó estos argumentos, presentando ante la Corte Constitucional un «amicus curiae» a la demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto 500. En su declaración, Cuesta subrayó que el decreto vulnera los principios democráticos y a través de la demanda busca establecer un precedente para evitar futuras arbitrariedades.

El jurista Alarcón recordó que varias instituciones, como el CNE, el Tribunal Contencioso Electoral, la Contraloría General y la Fiscalía, tienen la obligación de pronunciarse sobre las posibles infracciones y el uso indebido de recursos públicos. Sin embargo, lamentó el silencio de estos organismos, a los que acusó de actuar por conveniencia.

«Por lo menos en el tema del debate presidencial obligatorio la Presidenta y consejeros del CNE se han pronunciado señalando las sanciones a las que se enfrenta si un candidato no asiste al mismo. Puede poner la excusa que quiera pero si no asiste se enfrenta a perder la condición de candidato y hasta el cargo si es que resulta electo», enfatizó.

Violaciones reiterativas a la Constitución.

Finalmente el jurista señala que el candidato presidente tiene un desprecio hacia la Constitución y la Ley y esto provoca que existan desventajas para los otros candidatos en este proceso electoral.

Pero va más allá al señalar que existe una preocupación de juristas agrupados en el Foro de la Democracia porque se está sentando un «precedente nefasto» para el Estado de Derecho.

Esa doble moral de quienes ahora aplauden estos hechos y antes los criticaban porque el «gobernante de turno me caía mal» pueden provocar quiebres democráticos en un futuro y eso es muy peligroso advierte.

Y hace un llamado a la sociedad en general para que exija y trabaje en la construcción y defensa de una democracia que asegure principios de igualdad para todos, un Estado de Derecho que blinde a quienes acatan las normativas y «no deje en la impunidad política y judicial a quienes se creen que pueden pasar por encima de la Constitución y la Ley».

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