El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó la noche del jueves 13 de marzo una resolución que prohíbe el uso de celulares durante la jornada de votación y escrutinio del 13 de abril de 2025.
Impugnaciones ante el CNE y la Corte Constitucional
Hasta ahora, la resolución ha sido impugnada ante el CNE, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) y la Corte Constitucional (CC). Francisco Estarellas Solís, procurador común de la alianza Revolución Ciudadana-RETO (listas 5-33), presentó una impugnación y el abogado Washington Andrade la acción de inconstitucionalidad.
Vulneración de derechos constitucionales
Estarellas Solís sostiene que la resolución viola derechos constitucionales, como la libertad de expresión. «Atenta contra los derechos constitucionales de los ciudadanos, especialmente el derecho a la libertad de expresión», señala.
El procurador también cuestiona los errores de la resolución. En relación a los presuntos actos de extorsión de grupos delincuenciales, Estarellas afirma: «Si existen estas denuncias, deben presentarse ante las autoridades competentes. El Tribunal Contencioso Electoral debe investigar y sancionar a los responsables».
Estarellas destaca que no hay constancia de ninguna denuncia al respecto. «He revisado la página web del TCE y no existe ninguna denuncia. El CNE debería presentar las denuncias correspondientes, no prohibir el ejercicio de los derechos constitucionales», afirma.
La candidata Luisa González y el expresidente Correa también rechazaron la medida y varios juristas y analistas han calificado la misma como un posible intento de fraude, promovido por el gobierno.
Acción de inconstitucionalidad de Andrade
El abogado Washington Andrade presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional, alegando que la medida viola derechos fundamentales como el derecho a elegir y al voto secreto.
Andrade argumenta que, como afirma el CNE, la resolución permite que las Juntas Receptoras del Voto detecten el incumplimiento de la norma. Esto, según él, pondría en riesgo el derecho al voto secreto de los ciudadanos.
Multas desproporcionadas
Andrade también critica las multas impuestas, que pueden llegar a los 32 mil dólares. «Es una sanción desproporcionada, que no está tipificada en la ley. Si más de un millón de personas se niegan a acatarla, podríamos pagar la deuda externa del país con ese dinero», afirma.
Asimismo, cuestiona cómo esta resolución afectaría a adolescentes y personas de la tercera edad. «¿Va a demandar a los menores de edad y a los ancianos por llevar su celular? ¿Les va a imponer una multa de 32 mil dólares?», se pregunta.
Posición del CNE ante las impugnaciones
Diana Atamaint, presidenta del CNE, aseguró que están preparando un informe jurídico sobre la impugnación, que debería conocerse el 18 de marzo. Sin embargo, dijo que es probable que esperen a que el TCE resuelva las quejas.
Sobre la acción ante la Corte Constitucional, Atamaint señaló que debe seguir su curso. Aseguró que el calendario electoral no se verá afectado.
Implementación de la resolución
Atamaint también mencionó que el CNE está trabajando en un protocolo para implementar la resolución que prohíbe que los electores tomen fotos de las papeletas al votar.
Explicó que los miembros de las Juntas Receptoras del Voto (JRV) serán responsables de vigilar el cumplimiento de la medida. «Es fácil identificar cuando alguien usa el celular para tomar una foto mientras vota. Si detectan una infracción, deben entregar una boleta y el caso seguirá el proceso correspondiente en el TCE», afirmó.
Las delegaciones provinciales y la sede central del CNE serán las encargadas de enviar las denuncias al TCE junto con un informe técnico-jurídico.
La multa por incumplir la resolución
Atamaint aclaró que la multa fue definida según el Código de la Democracia. Este establece que el incumplimiento de las resoluciones del CNE se considera una infracción «muy grave» y se sanciona con multas de entre 9.200 y 32.000 dólares.
Agregó que el monto de la multa será determinado por el juez del TCE que tramite el caso. «El Tribunal notificará, se seguirá el proceso y los jueces decidirán la sanción», indicó.
Una medida ilegal e inédita en Ecuador
Esta es la primera vez que se establece una prohibición de este tipo en Ecuador. La medida surgió a raíz de un pedido del presidente-candidato Daniel Noboa y su ministro de Gobierno, José de la Gasca. Aseguraron que recibieron denuncias de extorsión de grupos delincuenciales que exigían fotos del voto a favor de una candidatura presidencial. De no cumplirse, las personas serían sometidas a medidas extorsivas.